
Limitaciones a pagos en efectivo
En efecto, el concepto de dinero físico es una de las invenciones humanas más relevantes de la historia, pues gracias al mismo, el ser humano ha sido capaz de dejar atrás los primitivos sistemas de intercambio basados en el trueque, en favor de un sistema en el que, actualmente, gracias a las monedas y al papel moneda (esto es, billetes de una divisa, como por ejemplo el euro), permite intercambiar fácilmente bienes y servicios, satisfaciendo así las necesidades humanas, a la par que creando un método que permite la acumulación de riqueza o valor para aquellas personas que lo generan.
Así las cosas, no es menos cierto que, el uso del dinero físico o metálico, como reverso, también puede llegar a generar efectos negativos en el conjunto de la sociedad, como veremos a continuación, sobretodo en el ámbito de la evasión fiscal y del blanqueo de capitales, de modo que, para combatir estas externalidades negativas, los gobiernos de la mayoría de estados, y el caso de España no es una excepción, desde hace ya muchos años, paulatinamente han ido introduciendo normativas que pretenden regular y limitar el uso del dinero físico, sobretodo en las transacciones de mayor envergadura.
A la vista de lo indicado, en el presente artículo, y siguiendo mi tradicional sistema de pregunta y respuesta breve, trataré de abordar esta cuestión, de una forma didáctica, para que cualquier interesado pueda entender fácilmente cuáles son las limitaciones que, en la actualidad, existen en España a la hora de pagar en efectivo cualquier transacción que se plantee.
¿Qué es un pago en efectivo?
Un pago en efectivo es aquella situación que se produce cuando dos personas realizan una transacción económica, y el pagador de la misma abona el precio o la cantidad de dinero pactada en monedas o papel moneda físico.
<ejemplo>Por ejemplo, cuando María compra una barra de pan en el horno cada mañana con una moneda de 1€, o llena el depósito de combustible de su coche en la gasolinera, pagando con un billete de 50€.<ejemplo>
¿Qué otros sistemas de pago existen alternativos al efectivo?
En la actualidad, existen muchos otros sistemas de pago válidos y ampliamente utilizados por la sociedad, donde el intercambio de dinero no se basa en la utilización de dinero físico o efectivo, como por ejemplo, mediante el empleo de tarjetas bancarias, transferencias bancarias, o cheques.
¿Qué ventajas e inconvenientes tiene el pago en efectivo?
Como es sabido, el pago en efectivo mediante dinero físico (monedas o billetes) ha sido el sistema utilizado desde hace ya muchos siglos en el conjunto de las sociedades civilizadas. No obstante, frente a este sistema tradicional, la irrupción de las nuevas tecnologías ha ampliado el abanico de posibilidades a las que cualquier persona puede recurrir para realizar sus pagos, como por ejemplo, las tarjetas de crédito o las transferencias bancarias.
Así las cosas, existiendo en la actualidad esta pluralidad de sistemas o medios de pago, si nos centramos en el efectivo, podemos afirmar que sus principales ventajas son:
- La universalidad: pues la inmensa mayoría de personas y operadores aceptarán los pagos en efectivo.
- La facilidad en su uso: pues pagador y receptor del dinero no necesitan disponer de ningún sistema adicional para realizar la transacción, a diferencia de lo que puede suceder con una tarjeta bancaria, donde por ejemplo necesitaremos disponer de un datafono para realizar la transacción, o cobertura para que pueda funcionar el mismo.
- La rapidez: pues la transacción que se realiza en dinero físico simplemente implica un intercambio físico de las monedas o billetes entre pagador y receptor, mientras que otros sistemas alternativos, como una transferencia bancaria, requieren de mayor tiempo para su ejecución.
Por el contrario, como aspectos negativos a destacar del pago en efectivo, podemos resaltar los siguientes:
- Inseguridad: pues el dinero físico puede ser objeto de pérdida por su titular o bien, en su caso, objeto de robo, sustracción o hurto por parte de un tercero.
- Incentivos al fraude fiscal: pues las operaciones que se abonan en dinero metálico, al no quedar registradas en un sistema electrónico, impiden la trazabilidad del origen y destino de los fondos (a diferencia de lo que sucede con una transferencia bancaria o una tarjeta de crédito), con lo cual, facilitan la ocultación de actividad económica (la conocida como “economía sumergida”) y, por lo tanto, la evasión de impuestos a la Hacienda Pública.
- Incentivos al blanqueo de capitales: por el mismo motivo, los pagos en efectivo facilitan la ocultación de las ganancias que pueden obtenerse en la comisión de hechos delictivos (como el tráfico de drogas, la trata de seres humanos, etc.).
- Incomodidad: pues en el caso de pagos recurrentes (como los recibos de los suministros de una vivienda, de un préstamo hipotecario, etc.), la utilización del dinero en efectivo obliga al pagador a tener que realizar mensualmente gestiones para realizar esos pagos, mientras que, en la actualidad, con otros sistemas automatizados como las transferencias bancarias periódicas, esta clase de pagos se pueden ejecutar por sí solos, ahorrando tiempo y esfuerzo al pagador.
¿Por qué los Gobiernos son partidarios de limitar el pago en efectivo?
Como hemos comentado, el dinero físico o metálico es un instrumento muy útil para potenciar las relaciones económicas y los intercambios diarios de bienes y servicios de cualquier economía doméstica (como comprar el pan, llenar el depósito de nuestro coche, hacer la compra semanal en el supermercado, etc.).
No obstante, la utilización de dinero físico o metálico en grandes transacciones (como por ejemplo la compraventa de inmuebles, de maquinaria industrial, de materias primas para empresas, etc.), dada su opacidad, podría potenciar el fraude fiscal y el blanqueo de capitales, con los evidentes efectos negativos que ello tendría para toda la sociedad.
A la vista pues de lo indicado, desde hace ya muchos años, la mayoría de estados del mundo, y España no es una excepción, han aprobado normativas para tratar de regular y limitar la utilización del dinero físico o metálico en las transacciones económicas que realizan sus ciudadanos, para así tratar de minimizar estos efectos negativos antes indicados.
¿Qué normas han existido anteriormente para limitar los pagos en efectivo en España?
Asimismo, la citada norma establecía que, “no obstante, el citado importe será de 15.000 euros o su contravalor en moneda extranjera cuando el pagador sea una persona física que justifique que no tiene su domicilio fiscal en España y no actúe en calidad de empresario o profesional”.
Como podemos ver pues, en España, desde el año 2012, es necesario tener en cuenta lo siguiente:
- Para pagos entre particulares, como regla general no existe limitación alguna a los pagos en efectivo.
<ejemplo>Así pues, por ejemplo, si David y Eduard, dos personas físicas particulares, acuerdan la compraventa de una bicicleta que pertenece a David, por un precio de 3.000 euros, Eduard puede perfectamente pagar a David esos 3.000 euros en efectivo.<ejemplo>
No obstante, como excepciones a este principio general, hay que tener en cuenta lo siguiente:
- En cualquier transacción económica, cuando alguna de las partes sea empresario o profesional, sólo se podría abonar el precio pactado en dinero en efectivo cuando el importe de la operación fuere inferior a 2.500 euros.
<ejemplo>Siguiendo nuestro ejemplo anterior, si en este caso David es un profesional autónomo, propietario de una tienda de venta de bicicletas, esa misma transacción (recordemos, la compraventa de una bicicleta de 3.000 euros) ya no se podrá abonar en efectivo, pues una de las partes es un profesional o empresario.<ejemplo> - Y, asimismo, hay que tener en cuenta además que, si el pagador de la operación es una persona que no tiene su domicilio fiscal en España (con independencia de que sea un particular), sólo podrá abonar en efectivo operaciones de importe inferior a 15.000 euros.
<ejemplo>Así pues, por ejemplo, si Pierre, un ciudadano francés que vive en Lion, que viene de vacaciones un mes a su segunda residencia de Palamós, desea comprar un coche que es propiedad de su amigo Joan (Español residente en Palamós), y el precio de venta pactado es de 20.000 euros, aunque ambos sean particulares, como Pierre tiene su residencia fiscal en Francia y la operación es superior a 15.000 euros, el pago del precio no se podrá realizar en efectivo.<ejemplo>
¿Cuál es el límite actual para pagos en efectivo en España?
- No podrán pagarse en efectivo las operaciones, en las que alguna de las partes intervinientes actúe en calidad de empresario o profesional, con un importe igual o superior a 1.000 euros o su contravalor en moneda extranjera.
- No obstante, el citado importe será de 10.000 euros o su contravalor en moneda extranjera cuando el pagador sea una persona física que justifique que no tiene su domicilio fiscal en España y no actúe en calidad de empresario o profesional.
Así pues, como vemos, en la actualidad:
- En operaciones entre particulares, sigue sin existir un límite a los pagos en efectivo.
- Cuando alguna de las partes del negocio o acto sea profesional o empresario, el límite queda fijado actualmente en 1000 euros.
- Si el pagador no tiene su domicilio fiscal en España, el límite queda fijado en 10.000 euros.
¿Cómo deben computarse las operaciones para saber si se pueden pagar o no en efectivo?
Para el cálculo del límite máximo de la operación, a partir del cual no se puede abonar en efectivo, según establece la citada normativa, deben sumarse “los importes de todas las operaciones o pagos en que se haya podido fraccionar la entrega de bienes o la prestación de servicios”.
Así pues, para saber si una operación se puede pagar o no en efectivo, debemos fijarnos en el precio total o global del bien o servicio que se trate, y no de los distintos precios parciales que se pudieren pactar.
<ejemplo>Así pues, siguiendo nuestro ejemplo anterior, en el que David, propietario de una tienda de bicicletas, vende a Eduard una bicicleta por 3.000 euros, aunque las partes pacten que el precio se abonará en 6 mensualidades de 500 euros, estos seis pagos no se pueden realizar en efectivo, porque el precio total de la operación es superior al límite actual de 1.000 euros.<ejemplo>
¿Estos límites afectan a pagos realizados a través de entidades de crédito?
No, pues la citada ley establece expresamente que estas restricciones no resultarán aplicables a los pagos e ingresos realizados en entidades de crédito, de modo que es posible realizar pagos en efectivo superiores a 1.000 euros, siempre y cuando los mismos se realicen mediante ingreso en ventanilla en la cuenta bancaria del destinatario de ese dinero.
Cuando una operación no se puede pagar en efectivo ¿hay que tener alguna cuestión más en cuenta?
En efecto, la citada normativa establece que, respecto de las operaciones que no puedan pagarse en efectivo, los intervinientes en las operaciones deberán conservar los justificantes del pago, durante el plazo de cinco años desde la fecha del mismo, para acreditar que se efectuó a través de alguno de los medios de pago distintos al efectivo.
Asimismo, los sujetos intervinientes de la operación estarán obligados a aportar estos justificantes a requerimiento de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
¿Qué otros aspectos hay que tener en cuenta al trasladar dinero en efectivo?
En concreto, esta declaración deberá realizarse:
- Para salidas o entradas en territorio nacional de medios de pago por importe igual o superior a 10.000 euros o su contravalor en moneda extranjera.
- Para movimientos por territorio nacional de medios de pago por importe igual o superior a 100.000 euros o su contravalor en moneda extranjera.
Esperando pues que este artículo haya aportado información de interés a todas las personas interesadas en saber qué operaciones se pueden pagar en efectivo, y con qué límites, quedo a su disposición para acompañarles en todo aquello que necesiten para resolver sus consultas en el marco de sus operaciones notariales.