
Cómo obtener tu NIF en una Notaría
Desde hace ya unos meses, existe la novedosa posibilidad de que las personas físicas interesadas que tengan derecho y necesidad de ello, puedan solicitar su NIF de forma rápida, fácil y sencilla en cualquier Notaría de España.
Teniendo en cuenta pues el desconocimiento generalizado sobre esta posibilidad, así como los beneficios que puede conllevar a los interesados optar por esta vía para obtener su NIF, sin duda puede resultar muy interesante elaborar una pequeña guía práctica, en la que, de forma sencilla y didáctica, se pueda comprender qué es un NIF, para qué sirve, en qué casos es necesario disponer del mismo, así como los pasos a seguir para poder obtener el mismo en una Notaría.
¿Qué es el NIF?
El Número de Identificación Fiscal (o NIF) es un código alfanumérico (esto es, compuesto por letras y números) que la Agencia Tributaria asigna a una persona, y que sirve para identificarla e individualizarla ante la Administración tributaria, a los efectos de que esta persona pueda dar cumplimiento a las obligaciones de naturaleza tributaria que le corresponda afrontar.
¿Cuál es mi NIF?
- Para personas físicas de nacionalidad española que residan en España, su NIF será el número de su DNI.
- ~No obstante, en el caso de españoles que no dispongan de DNI por no estar obligados a ello (por residir en el extranjero o por ser menores de 14 años), para obtener su NIF deberán solicitarlo a la Administración Tributaria.
- Para personas físicas de nacionalidad extranjera que dispongan de un NIE (Número de Identidad de Extranjero), su NIF será el número de su NIE.
- Para personas físicas de nacionalidad extranjera que no dispongan de NIE y no estén obligadas a ello (principalmente, por no residir en España ni tener intención de hacerlo), la obtención de su NIF deberá realizarse mediante la correspondiente solicitud a la Administración tributaria.
¿Qué diferencias existen entre el NIF y el NIE?
A diferencia del NIF (Número de Identificación Fiscal), que como hemos visto, es un código que la Agencia Tributaria asigna a una persona a los efectos de que esta pueda dar cumplimiento a sus obligaciones tributarias, el NIE (o Número de Identidad de Extranjero) es un número que se concede por la Dirección General de la Policía (esto es, el Ministerio del Interior) a todo extranjero a cuyo favor se inicie un procedimiento para obtener un documento que les habilite para permanecer en territorio español.
- Esto es, el NIE es pues un número personal que se concede a efectos de identificación a un extranjero que pretende residir o permanecer de forma estable en el territorio español.
No obstante, asimismo también es posible obtener un NIE en el caso de personas extranjeras que, por sus intereses económicos, profesionales o sociales se relacionen con España.
¿Se puede obtener el NIE a través de una Notaría?
No, como se indica en la pregunta precedente, en la actualidad el NIE no se puede obtener a través de un Notario, pues la ley no ha otorgado esta competencia al cuerpo notarial.
No obstante, como veremos a continuación, como novedad, desde hace pocos meses lo que sí se puede obtener en una Notaría es un NIF.
¿Cuándo necesitaré solicitar expresamente un NIF a la Administración tributaria?
Como acabamos de ver en una pregunta anterior, existen dos supuestos en los que la persona física en cuestión ya dispone de su NIF sin necesidad de realizar una solicitud expresa a la Administración Tributaria, esto es, aquellas personas que tienen ya su DNI y aquellas personas que tienen ya su NIE.
Por el contrario, como hemos visto, existen casos en los que la persona física no dispone de un NIF, de forma que, para obtenerlo, debe solicitarlo expresamente a la Administración tributaria, esto es:
- Para españoles menores de 14 años que no dispongan de DNI (NIF K, formado por una letra K + 7 números + dígito de control).
- Para españoles residentes en el extranjero que no dispongan de DNI (NIF L, formado por una letra L + 7 números + dígito de control).
- Para extranjeros no residentes, que no tengan la intención de residir en España (NIF M, formado por una letra K + 7 caracteres alfanuméricos + dígito de control).
¿Cómo debe actuar un empresario extranjero que quiere realizar una inversión en España?
Como acabamos de ver en la pregunta anterior, en el caso de un empresario de nacionalidad extranjera, y que no resida en España ni tenga intención de ello, si el mismo pretende realizar una inversión en España, para poder dar cumplimiento a las obligaciones tributarias que se deriven de dicha inversión deberá solicitar un NIF a la Administración tributaria.
- Ejemplos de esta situación se producirían, por ejemplo, cuando el inversor extranjero no residente compre un inmueble, adquiera participaciones sociales o acciones de una compañía, o sea nombrado como administrador de una sociedad, etc.
Asimismo, en la práctica, también se puede dar la situación de un extranjero no residente que tiene intención de residir en España pero que aún no ha podido obtener su NIE en el Ministerio del Interior (esto es, la documentación legal que le habilitaría para que dicha residencia en España sea conforme a derecho).
- En estos supuestos, si concurren razones de urgencia en la formalización del acto o contrato con trascendencia tributaria, se puede solicitar un NIF por esta vía, que tendrá carácter provisional, de forma que, una vez se obtenga el NIE correspondiente, el sujeto deberá comunicarlo a la Administración Tributaria (en un plazo máximo de dos meses), perdiendo desde ese momento su validez dicho NIF obtenido inicialmente.
¿Cómo se solicitaba tradicionalmente un NIF a la Administración tributaria?
En todos los casos reseñados, para solicitar un NIF a la Administración tributaria, hasta hace pocos meses, la única vía posible era hacerlo ante la propia Administración tributaria (bien de forma telemática o bien de forma presencial), presentando los documentos que se requieran en cada caso concreto.
En todo caso, para realizar este trámite, será necesario solicitar la correspondiente cita previa presencial a la Administración tributaria, la cual se puede demorar bastante tiempo, dependiendo del lugar y fechas en las que se pretenda realizar el trámite.
¿Es posible solicitar un NIF en una Notaría en España?
En efecto, como novedad reciente de este 2022, gracias a un convenio firmado entre la AEAT y el Consejo General del Notariado, ya es posible solicitar un NIF para persona física en cualquier Notaría española, en alguno de los 3 casos expuestos, esto es:
- Para españoles menores de 14 años que no dispongan de DNI.
- Para españoles residentes en el extranjero que no dispongan de DNI.
- Para extranjeros no residentes, que no tengan la intención de residir en España.
Para realizar el trámite:
- El interesado deberá acudir a la Notaría de su elección de forma presencial.
- Exhibir su documento identificativo con fotografía (Pasaporte o, tratándose de ciudadanos de la Unión Europea, su documento de identidad).
- Firmar un impreso con una declaración responsable conforme no se dispone de NIE ni de ningún NIF español.
- Indicación de sus datos de contacto (domicilio, teléfono y correo electrónico).
- ~En el caso de residentes en el extranjero, deberán designar asimismo un domicilio en España a efectos de notificaciones, pues será en dicho domicilio donde se recibirán las comunicaciones físicas con el NIF asignado.
- En el caso particular del NIF para españoles menores de 14 años que carezcan de DNI, deberá comparecer asimismo al menos uno de los dos progenitores, provisto de su Documento Nacional de Identidad así como de un certificado de nacimiento o Libro de Familia que permita acreditar el parentesco.
Una vez cumplidos todos estos requisitos y verificada la identidad del solicitante por parte del Notario, así como que este reúne todos los requisitos para formalizar la solicitud, el Notario en cuestión remitirá de forma telemática, a través de la plataforma notarial SIGNO la solicitud formalizada a la Administración tributaria, la cual, si es correcta y no genera ningún error de tipo técnico, generará los siguientes documentos:
- De forma automática, el recibo de la presentación (con la relación de los documentos anexos y el CSV), así como el modelo 030 presentado.
- El justificante de alta del NIF, que se recibirá o bien el mismo día o, en su caso, al día siguiente de haberse formalizado la solicitud.
- La recepción de la tarjeta física de NIF en el domicilio designado, en el transcurso de unos pocos días desde que se realice el trámite.
¿Cuánto cuesta obtener un NIF provisional?
¿Por qué puede resultar interesante solicitar su NIF en una Notaría?
Como hemos podido ver en esta pequeña guía práctica, hasta hace pocos meses, la única vía para obtener un NIF era cursando la solicitud correspondiente ante la Administración tributaria de forma presencial. En la práctica, dada la dificultad para obtener cita presencial, el trámite podía demorarse varias semanas, ralentizando los procesos de inversión que los interesados debían acometer.
Así las cosas, con esta novedosa vía, si los interesados acuden a la oficina notarial a realizar este trámite, a cambio de unos honorarios que se pacten con el Notario elegido, el interesado podrá obtener su NIF de una forma mucho más fácil, rápida y sencilla, acortando los plazos necesarios y agilizando así su proceso de inversión, lo cual, en muchas ocasiones, es clave para el buen fin de la operación pretendida.
Esperando pues que este artículo haya resuelto sus dudas practicas sobre la novedosa posibilidad de obtener un NIF en una Notaría, el equipo de Notaría Jesús Benavides queda a su disposición para acompañarles en todo aquello que necesiten en el marco de la formalización de sus operaciones notariales.